Obligaciones
Según el artículo vigésimo sexto del acta constitutiva de nuestra organización, es obligación de los asociados:
Informar a la mesa directiva sobre los cambios de domicilio o dirección postal, electrónica y teléfono, sean temporales o definitivos.
Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias que sean determinadas.
Asistir a las juntas o asambleas a las que sean convocadas.
Desempeñar los cargos comisiones que hayan aceptado, y en general prestar la cooperación que de ellos demanden, dentro de sus respectivas atribuciones.
Conocer y respetar los estatutos y el código de ética de la asociación, así como los acuerdos que adopten, dentro de su competencia, la asamblea general y la mesa directiva.
No actuar en contra de los fines o intereses de la asociación.